Al no tener claro el espíritu del mandato

El hecho de que los economistas y los abogados hayan vivido de espaldas entre ellos durante décadas ha terminado haciendo mucho daño, como bien apunta Ghersi, porque, a la vez que los economistas piensan que el derecho es una condición constante, los abogados piensan que el derecho es gratis, pero no sucede ni lo uno ni lo otro, porque cumplir con un mandato requiere de tiempo y esfuerzo primero en la elaboración misma de la norma, y luego, como nada es automático ni inmediato, el tiempo y esfuerzo que requiere en procesar la cantidad de información que requiera adaptarse y seguir su cumplimiento.

Desde luego, esto implica notables consecuencias políticas, porque no sólo sucede que los costos de una nueva norma no son aplicados eficiente y simétricamente, porque quienes sacrifican una oportunidad mayor para obedecer una nueva norma legal serán siempre los pobres, sino que, además, son políticamente ilegítimos.

Así pues, en encontrar el equilibrio estriba la democracia liberal y el ejercicio del poder. Sin embargo, lo perverso surge cuando, en la búsqueda de acumular poder, el Estado coopta la ley para convertirla en un mandato; la diferencia fundamental entre ambas es que la primera, siendo anterior al Estado, es una norma abstracta, de contenido general, aplicada a cada ciudadano por igual, e indistintamente de sus circunstancias; el segundo, en cambio, es una legislación específica, de contenido concreto, que ordena hacer cosas determinadas, en circunstancias particulares, y obliga al individuo a actuar de una manera concreta.

Ahora bien, ¿a quiénes beneficia un mandato? A los mercantilistas, los empresarios corruptos y prebendarios, los distintos grupos de interés establecidos, aquellos que se arriman al poder para solventarlo buscando privilegios para no obedecer tanto la ley como el mandato, y que sus costos sean asumidos por terceros.

De esto siempre surgen distorsiones como la informalidad, pues si bien unos recurren a ella como mecanismo de refugio frente a la persecución del Estado, otros se esconden en ella gracias al privilegio concedido por el mismo, pero valga destacar lo más importante, que los privilegiados no son diferenciados entre sectores, es decir, médicos frente a transportistas, o fabriles frente a comerciantes, sino entre quienes establecen el mandato y los distintos grupos de poder frente al resto de la ciudadanía.

Es esta la utilidad del análisis económico del derecho y de las instituciones; poco sentido tiene recurrir al uso legítimo de la violencia como mecanismo de defensa por uno o dos artículos de un mandato, cuando el problema está en el espíritu con el que se lo desarrolla y aplica. Esto ha sucedido en Bolivia tanto con la Constitución Política del Estado de 2009 con las autonomías departamentales (sin abundar en otros), como con el nuevo Código del Sistema Penal de 2017 y su artículo 205. Si un sector determinado inicia huelgas en busca de la derogación de un solo artículo y logra su objetivo, su triunfo será pírrico, pues, como mucho, habrá conseguido solamente un privilegio parcial y apenas relativo; si el mandato no los afecta como médicos o transportistas, los afectará como ciudadanos.

Es así que todas las “tensiones creativas” y “estrategias envolventes” han sido aplicadas de esta manera, y probablemente ninguna haya fallado; el sistema de leyes en el que cada individuo es capaz de perseguir sus propios fines está siendo fácil y rápidamente reemplazado por el de los mandatos, donde cada individuo no persigue sus propios fines, sino los de quien manda.

Esto es a lo que Bolivia finalmente se enfrenta, pero no luego de 47 días de huelga, sino de al menos 12 años de dejadez y despreocupación altamente irresponsable e inescrupulosa.

Así como hacer leyes es mucho más un proceso teórico que un acto de buenas intenciones, parafraseando a Leoni, todo proceso teórico para establecer un código legal que sea una fortaleza inexpugnable y sin defectos para la libertad humana, parafraseando a Rothbard, implica el uso de la razón humana.